La futura Ley contra el fraude fiscal introduce medidas contra el “software de doble uso” (software que facilita la ocultación de ventas, la modificación de tiques o incluso su emisión sin que quede rastro en la contabilidad, reduciendo así la tributación de las empresas que lo utilizan).
A estos efectos, se exigirá que estos sistemas informáticos se adecúen a los formatos que especifique el Ministerio de Hacienda. Además:
Por una parte, se sancionará a los productores y comercializadores con 150.000 euros por cada tipo de sistema que permita estas prácticas y por cada ejercicio en que se hayan realizado ventas, y con 1.000 euros por cada programa comercializado sin el debido certificado.
Las empresas y autónomos usuarias también podrán ser sancionados con 50.000 euros por cada ejercicio en el que utilicen programas sin certificado o con el certificado modificado o alterado.
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