Estafa en el alquiler de vivienda por internet
Entraña un especial reproche penal por la difusión que permite el medio y prevalerse de la necesidad de precios asequibles
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena impuesta por cooperación necesaria en un delito de estafa agravada en un proceso abierto tras la denuncia de una persona que estaba buscando una vivienda en alquiler y contactó con la condenada, que había publicado un anuncio en un portal de internet.
Acordado el contrato, le transfirió una cantidad en concepto de fianza, con la intención de entrar a vivir inmediatamente en el inmueble. El denunciante no pudo empezar a habitar en la casa al comprobar que todo era un engaño, por lo que se vio obligado a alquilar unas habitaciones. La acusada no ha devuelto el dinero obtenido ilícitamente.
Aunque la procesada recurrió la condena, el TS la ha confirmado al apreciar un engaño bastante capaz de provocar el pago de una cantidad por parte de la víctima con el que la acusada obtiene un enriquecimiento, en este caso actuando como cooperador necesario, pues su papel era facilitar una cuenta corriente donde efectuar el ingreso como pago por la vivienda en alquiler sobre la que el estafador no tenía disponibilidad.
Desde el punto de vista penal es reprochable la realización de ofertas en internet anunciando un inmueble en alquiler, cuando la realidad es que la persona que lo ofrece no tiene disponibilidad sobre el mismo. Ese aprovechamiento en un contexto de necesidad de acceso a la vivienda integra una estafa agravada, para conseguir un enriquecimiento patrimonial y un perjuicio a personas que demandan un inmueble en alquiler a un precio asequible.
Se tiene en cuenta la especial gravedad del hecho de utilizar un medio que permite una amplia difusión, como es Internet, para realizar la estafa del falso alquiler con falsas identificaciones y con el aprovechamiento del ámbito de necesidad que provoca la búsqueda de vivienda a un precio asequible. Esta necesidad provoca el descenso de las medidas de autoprotección por las víctimas y un exceso en la ejecución del principio de confianza en que la oferta que se detecta en Internet es real y no falsa.
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Delitos de apropiación indebida y estafa
Apropiación de cantidades entregadas para finalizar una promoción de viviendas El caso gira en torno a una promoción inmobiliaria en Riogordo (Málaga), de 20 viviendas, gestionada por una sociedad promotora. En una primera etapa, dos personas figuraban como administradores solidarios (aunque uno de ellos llevaba la gestión diaria). Entre 2008 y 2009 se vendieron varias viviendas y los compradores entregaron cantidades a cuenta. A algunos incluso se les dieron las llaves, pese a que la obra no estaba realmente finalizada (se hablaba de un 90%), no se llegó a otorgar escritura y la constructora acabó abandonando por impagos. El resultado fue que los compradores se encontraban viviendo en casas sin escrituras y sin una situación clara en el Registro. Tiempo después, esos administradores vendieron sus participaciones y entró un tercer responsable como administrador único. Este nuevo administrador conocía el problema previo, pero aun así pidió a algunos compradores dinero adicional (por ejemplo, 8.000 euros) con el argumento de que era para terminar la promoción. Lo relevante es que ese dinero no se destinó a lo prometido ni se devolvió. Además, entre 2010 y 2011 se produjeron nuevas ventas de viviendas en condiciones similares, y más tarde se vendió el conjunto de las 20 viviendas a otra empresa, generando un conflicto serio entre quienes habían comprado antes y quienes aparecían después como titulares. La Audiencia Provincial absolvió a los dos primeros administradores (no se probó que hubieran desviado el dinero), pero condenó al último por apropiación indebida agravada y por estafa. El Tribunal Supremo (TS) confirmó la condena y rechazó el recurso ya que no aceptó reabrir la valoración de la prueba y consideró correcta la denegación de nueva documentación porque se refería a hechos posteriores y no era pertinente para lo juzgado.
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Derecho de la Unión
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Eliminación de barreras
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