Solicitud de adopción de medidas provisionalísimas
Para que pueda adoptarse una medida de esta índole es imprescindible que se acredite la inminencia de los perjuicios derivados de la falta de adopción de la medida, por lo que el alegato jurídico no puede ser meramente formal sino que tiene que ir respaldado por elementos de hecho suficientes. No es exigible la prueba plena de los hechos en que se basa la pretensión de medidas provisionales, pero estos hechos sí deben ser objeto de una prueba razonable por medio de indicios o presunciones, con objeto de que el órgano competente para resolver pueda tenerlos por ciertos a los efectos de dar respuesta a la solicitud formulada por el interesado.
Pinche AQUÍ para acceder un modelo de formulario solicitando la adopción de medidas provisionales al órgano administrativo competente para conocer el procedimiento administrativo.
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